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2k3q71

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Propuesta de Plan Operativo de Derechos Humanos del Ecuador

Derechos de las Mujeres
Tachi Arriola Iglesias / Elizabeth Garca A. de Sylva / Rosario Gmez Santos / Natacha Reyes Salazar
AAJ / UNESCO / ILDIS

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Antecedentes

Segn proyecciones del INEC1 para 1999, las mujeres constituyen el 50.3 % de la poblacin total del Ecuador.

En nuestro pas las mujeres tradicionalmente han asumido mltiples roles aportando al desarrollo productivo, adems de aquellos relacionados especialmente con su responsabilidad reproductiva y los quehaceres domsticos, lo que ha limitado su a los recursos con las mismas oportunidades que el otro sexo.

En Ecuador, la pobreza alcanza al 52% de la poblacin y segn datos del Banco Mundial2, de sta el 35% de personas estn bajo la lnea de pobreza y el 15% es indigente. Esta situacin impacta diferenciadamente y en mayor proporcin en el sector rural, a las mujeres, a las nias, nios y a los ancianos de ambos sexos.

La crisis econmica gravita adems en las jefas de hogar urbanas y rurales, que han asumido esta responsabilidad - entre otros motivos - por la constante migracin masculina, sealndose ndices de hasta el 27% de hogares con jefatura femenina3. En Ecuador y Amrica Latina a esta situacin se la denomina "feminizacin de la pobreza".

La economa se mueve en dos mbitos, la de la produccin y la del cuidado y bienestar de las personas. Mientras que la primera es remunerada y se contabiliza en las arcas fiscales, la segunda ni se remunera, ni se contabiliza, pero es realizada esencialmente por mujeres4.

En Ecuador, en general los principios de la Constitucin y los convenios internacionales respecto de la igualdad de derechos y oportunidades no se cumplen para las mujeres, particularmente en la definicin de polticas pblicas que carecen de perspectiva de gnero y muy en especial, del reconocimiento de la expresin cultural de la mujer indgena, en la prctica de la istracin de justicia, en los fundamentos y contenidos de leyes secundarias como las del rea penal, cuyas normas son an caducas y discriminatorias, lesionando el eficaz ejercicio de los derechos humanos de las mujeres ecuatorianas.

A pesar de estas condiciones adversas, debido a la presencia y trabajo del movimiento social de mujeres, se han logrado algunos avances en los ltimos aos, sobre todo en reformas legales que reconocen y garantizan la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres frente a la ley. Sin embargo los avances no han sido suficientes, pues an persisten estructuras y prcticas discriminatorias y violentas que atentan contra los ms elementales derechos humanos de las mujeres, as, estadsticas oficiales obtenidas desde las Comisaras de la Mujer y la Familia, indican que de ellas ocho de cada diez, sufren algn tipo de violencia fsica, psicolgica y/o sexual, lo que afecta directamente su adecuado desarrollo personal.

Siguiendo con ejemplos, cabe mencionar que las polticas de recorte presupuestario para lo social, reducen cada vez ms la posibilidad de ofrecer una atencin de calidad a las mujeres, especialmente en su salud sexual y reproductiva; adems, la educacin formal y no formal mantiene y reproduce permanentemente una ideologa discriminatoria y excluyente que contribuye a reforzar una cultura machista y violenta.

Los medios de comunicacin que deberan responder con responsabilidad, debido al papel social y de servicio pblico que desempean en la construccin de la democracia, el fortalecimiento de la ciudadana, la paz y la justicia, mantienen prcticas lesivas a la dignidad de las mujeres, nias, nios y grupos minoritarios, traducindose estas en la discriminacin en el y control de los medios, lenguaje sexista y violencia, desconocimiento e insensibilidad en el enfoque de gnero de comunicadores y comunicadoras, y la omisin sobre el protagonismo de las mujeres.

En cuanto a la participacin poltica, hay una dbil representatividad de las mujeres en cargos de decisin. Su presencia es secundaria - especialmente en la conformacin de candidaturas para elecciones pluripersonales-, y sus demandas especficas son indiferentes a los partidos polticos aunque parecieran estar reflejadas en sus discursos de campaa. Aunque sean mayoritariamente ellas quienes participan en la poltica partidaria comunal y de base, sean incansables organizadoras y promotoras, su representacin en los organismos internos de los partidos y movimientos, es mnima. Es an ms relevante la ausencia de la participacin de la mujer indgena, en estos espacios.

Por lo expuesto, como parte fundamental de la sociedad civil, las mujeres organizadas hemos considerado oportuno incluir a varias organizaciones civiles en las actividades previstas para este Plan, procurando que esta participacin sea lo ms amplia posible, de manera que podamos traspasar las fronteras en las esferas que toman decisiones, incidiendo positivamente en todos los mbitos del quehacer pblico y privado, posibilitando as a las mujeres el ejercicio de sus derechos humanos.

La Constitucin de 1998 en la que se establecen de manera general, pero obligatoria, algunas conquistas largamente perseguidas por las mujeres, sienta las bases para cambios en nuestra situacin, al menos desde la estructura constitucional. Creemos til y necesario que se vayan concretando postulados como los de la Constitucin y de las diversas conferencias y acuerdos internacionales y se logren las transformaciones substanciales en la condicin y situacin de las mujeres ecuatorianas.

Debemos hacer de esta Carta Poltica, un instrumento de ejercicio pleno de nuestros derechos. La puesta en marcha del siguiente Plan, que toma como suyos los postulados de la Constitucin de 1998, es posible que sea uno de los mltiples pasos para conseguir la equidad de gnero
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Plan Operativo de Accin 1999 - 2003

Objetivos

Resultados

Acciones

Contribuir a la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el ejercicio de sus derechos en general, tomando en cuenta las diversidades y los derechos especficos de cada uno de los sectores sociales, entendindose como partes de un todo, institucionalizando polticas nacionales y locales con enfoque de gnero en las diversas instancias pblicas y privadas.

Mujeres mejorando el ejercicio pleno y eficaz de sus derechos humanos gracias a la aplicacin de polticas nacionales y locales, diseadas con enfoque de gnero e incidiendo en programas y acciones en pro de su calidad de vida; Comisin de Vigilancia de los Derechos Humanos de las Mujeres, conformada y aplicando mecanismos para la exigibilidad del Plan; y, un Comit Tcnico Asesor con enfoque de gnero (CTA), por cada uno de los objetivos del Plan, conformado y trabajando en el cumplimiento de los objetivos.

1.1 Participar en el diseo, elaboracin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de nuevas polticas pblicas nacionales y locales, dirigidas a mejorar la posicin y condicin de las mujeres ecuatorianas; y, revisar la insercin del enfoque de gnero en las existentes.

1.2 Creacin de una Comisin de Vigilancia del respeto y del ejercicio de los Derechos Humanos de las Mujeres, con carcter permanente que abarque los sectores urbanos, urbano-marginales y rurales.

1.3 Creacin de Comits Tcnicos Asesores con enfoque de gnero, con la intervencin del Consejo Nacional de las Mujeres, CONAMU, y el Movimiento de Mujeres Ecuatoriano, MME.

Incidir desde el MME y el CONAMU, en el sistema jurdico ecuatoriano, con el fin de que tanto en su normativa, como en la istracin de justicia y formacin profesional, se incorporen criterios humanistas con enfoque de gnero.

Sistema jurdico ecuatoriano funcionando con enfoque de gnero y permitiendo una istracin de justicia que atienda las necesidades e intereses de las mujeres, con normas internacionales asimiladas e incorporadas a legislacin nacional.

2.1 Revisin, reforma y cumplimiento de la legislacin ecuatoriana, e impulso de reformas legales para la aplicacin de los convenios internacionales que ataen a la mujer.

Promover y garantizar la participacin equitativa e incluyente de las mujeres en la toma de decisiones en los procesos polticos de toda ndole. As como el a los puestos de direccin, en el mbito pblico y privado, en la istracin de justicia, los rganos de control y autmos.

Un 20% mnimo de mujeres, de todos los orgenes culturales, participando en candidaturas en procesos de eleccin popular; y ocupando cargos en instancias de direccin y decisin en el mbito pblico y privado.

3.1 Nombramiento de funcionarios en cargos de direccin del gobierno central y gobiernos seccionales; de organismos de direccin y control pblicos y privados; de la istracin de justicia, las entidades autnomas, procurando una distribucin equitativa de hombres y mujeres en dichos puestos.

Garantizar el derecho sin discriminacin, de las mujeres a la comunicacin, informacin, y control a los medios de comunicacin, estableciendo relaciones equitativas y respetuosas de mujeres y hombres.

Mujeres ejerciendo su derecho a la comunicacin sin discriminacin de ningn tipo. Disminucin progresiva de violencia de gnero en medios de comunicacin, as como de imgenes estereotipadas de mujeres y hombres.

4.1 Participacin de las mujeres y los organismos que trabajan en comunicacin con enfoque de gnero, en la produccin, difusin, monitoreo y control de los mensajes emitidos por los medios de comunicacin, para que se cumplan los principios de respeto a la dignidad de las mujeres y los hombres.



Operativizacin de las acciones

1.1 Participar en el diseo, elaboracin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de nuevas polticas pblicas nacionales y locales, dirigidas a mejorar la posicin y condicin de las mujeres ecuatorianas; y, revisar la insercin del enfoque de gnero en las existentes

El Movimiento de Mujeres Ecuatoriano, MME, en coordinacin con el Consejo Nacional de las Mujeres, CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, organizar equipos tcnicos representativos que actuarn como responsables de la aplicacin de estrategias de negociacin suficientes, para la puesta en marcha de las siguientes actividades:

  1. Elaboracin de estrategias que aseguren la participacin de los equipos representativos responsables de la institucionalizacin del enfoque de gnero (Comit Tcnico Asesor con enfoque de gnero, CTA) en el diseo, elaboracin, ejecucin y evaluacin de polticas nacionales y locales.
  2. Participacin activa a travs del CTA, en la concepcin de polticas pblicas, en coordinacin con el sistema nacional de planificacin, velando por la obligatoria insercin del enfoque de gnero en las mismas.
  3. Buscar y brindar soporte tcnico y financiero para el seguimiento y evaluacin de las polticas especficas que aseguren el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, convocarn a las diferentes expresiones organizativas de las mujeres, para generar su activa participacin en la planificacin y revisin de polticas nacionales y locales de gnero, a travs de mesas de trabajo, comits de consulta por ejes temticos, foros, o cualquier otro sistema que cuente con la suficiente representatividad tnica, cultural, etrea y regional.

El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, abrirn espacios locales en los cuales se pueda hacer un seguimiento directo sobre los resultados en la insercin del enfoque de gnero en las polticas locales, evidenciando y aplicando los correctivos necesarios en caso de que se omita su ejecucin.

Los actores involucrados en el diseo, elaboracin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de estas polticas pblicas son:

  1. Por el Estado: el Consejo Nacional de las Mujeres, CONAMU, o el organismo que cumpla las funciones de ste segn el Artculo 41 de la Constitucin de 1998, en su calidad de responsable de elaborar e impulsar las polticas pblicas con enfoque de gnero en las instituciones del Estado; los rganos de planificacin centrales y locales, de manera especial el sistema nacional de planificacin, la istracin de justicia y organismos de seguridad interna y externa, de control estatal; y, el Congreso Nacional, especialmente la Comisin de la Mujer.
  2. Por la sociedad civil: las mujeres en general y en particular el movimiento social de mujeres a travs de sus diferentes expresiones nacionales tales como: Coordinadora Poltica de Mujeres Ecuatorianas, Foro Permanente de Mujeres Ecuatorianas, Mujeres por la Autonoma, Coordinadora de Mujeres Populares, Frente Democrtico de Mujeres, Red de Mujeres y todas aquellas organizaciones privadas de carcter nacional, regional y local que trabajen con enfoque de gnero.

Esta participacin incorporar a las distintas iglesias, entidades de educacin bsica y superior, la empresa privada, representaciones de cooperacin internacional, y otras expresiones de la sociedad civil organizada.

Se considera que los medios de comunicacin social constituyen un actor fundamental para la difusin, aplicacin y seguimiento de las polticas producto de la aplicacin de este Plan.
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1.2 Creacin de una Comisin de Vigilancia del respeto y del ejercicio de los Derechos Humanos de las Mujeres, con carcter permanente que abarque los sectores urbanos, urbano-marginales y rurales

Para que las polticas establecidas en este Plan se lleven a efecto, se ha considerado crear una "Comisin de Vigilancia de los Derechos Humanos de las Mujeres" (CVDM), integrada por:

  • Una representante del directorio del Consejo Nacional de las Mujeres y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes.
  • Una representante del Consejo Nacional de Mujeres Indgenas y Negras.
  • Una representante del MME.
  • Una delegada de las ONG's de mujeres.
  • Un delegado de la Direccin de Derechos Humanos de la Cancillera.
  • La presidenta de la Comisin de la Mujer del Congreso Nacional.
  • El presidente de la Comisin de Derechos Humanos del Congreso.
  • Un representante de la Federacin de Derechos Humanos del Ecuador.
  • El Defensor del Pueblo.
  • Una representante de la Defensora del Pueblo Adjunta de la Mujer.

El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, convocarn la creacin y funcionamiento de esta Comisin, la misma que tendr el carcter de permanente, evaluando el cumplimiento de este Plan, cada dos aos, para los ajustes correspondientes.
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1.3 Creacin de Comits Tcnicos Asesores con enfoque de gnero, con la intervencin del Consejo Nacional de las Mujeres, CONAMU, y el Movimiento de Mujeres Ecuatoriano, MME

Para que las polticas establecidas en este Plan se lleven a efecto, con la intervencin del CONAMU y el MME se ha considerado el crear los "Comits Tcnicos Asesores con enfoque de gnero, CTA, que se integrarn por:

  • Una representante del directorio del Consejo Nacional de las Mujeres.
  • Una representante del MME.
  • Una delegada de la Comisin de la Mujer del Congreso Nacional.

El MME y el CONAMU, organizarn el funcionamiento de esta Comisin, la misma que tendr el carcter de permanente.

Sealamiento de las polticas especficas que permitirn el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres

a) Polticas de produccin y empleo

Objetivo: garantizar el derecho de las mujeres a una mejor calidad de vida, con el y control a recursos econmicos, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.

Acciones:

  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, a travs de comisiones los CTA, promovern espacios de participacin en el frente econmico y el frente social del Estado, con la finalidad de asesorar tcnicamente en la incorporacin de la perspectiva de gnero en los planes y programas de estas instancias. Particular nfasis se pondr en el cumplimiento del Captulo 4, Ttulo "De los derechos econmicos, sociales y culturales" de la Constitucin vigente.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, a travs de comisiones los CTA, impulsarn el incremento y la redistribucin del ingreso permitiendo el de hombres y mujeres a los beneficios de la riqueza y el desarrollo, en igualdad de oportunidades.
  • El MME, y el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, propondrn a los organismos de cooperacin, las instituciones financieras y organismos de desarrollo nacional y local, -desde sus distintos niveles de injerencia- que definan en sus polticas internas, la creacin de fuentes de trabajo y fondos de crdito dirigidos especialmente a mujeres, tomando en consideracin sus particulares condiciones de vida. Se pedir especial atencin para las mujeres jefas de hogar, y las que tengan algn tipo de discapacidad.
  • Se elaborar una estrategia prctica de asistencia tcnica, capacitacin y de intercambio de experiencias nacionales y extranjeras, de programas o proyectos que han incidido en el mejoramiento de la incorporacin de las mujeres al trabajo, para procurar la transferencia de estrategias y metodologas.
  • La Comisin de Vigilancia de los Derechos Humanos de las Mujeres, velar especialmente por el cumplimiento de los artculos 34 y 36 de la Constitucin de 1998.

Resultados:

  • Disminucin de las tasas actuales de desempleo femenino.
  • Mayor nmero mujeres demandado a travs de diversas instancias pblicas y privadas de desarrollo, capacitacin en lneas que faciliten el a fuentes de trabajo y formacin empresarial que mejoren la generacin de ingresos.
  • Mayor nmero de mujeres accediendo al trabajo en mejores condiciones de vida, que atiendan a sus necesidades especficas.
  • Mayor nmero de trabajadoras percibiendo idntica remuneracin por trabajo de igual valor que el del hombre.
  • CONAMU y MME impulsando las demandas de gnero desde las instancias estatales.
  • Mujeres sujetos de crdito y istrando sus recursos.

Actores involucrados:

Por el Estado: Adems de los mencionados, el Ministerio del Trabajo y Recursos Humanos; el Frente Econmico, INEC, el Ministerio de Bienestar Social, instituciones del Estado que tengan competencia, y los gobiernos locales.

b) Polticas de educacin

Objetivo: Asegurar a las mujeres y hombres igualdad de a una educacin no sexista ni discriminatoria que los prepare para el ejercicio pleno de sus derechos como personas.

Acciones:

  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, promovern espacios de participacin en el frente social del Estado particularmente a travs de las CTA, en el Ministerio de Educacin y sus delegaciones regionales, para impulsar la incorporacin de la perspectiva de gnero en los planes y programas del sistema educativo.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, llevarn a cabo programas sostenidos de sensibilizacin y capacitacin, a los actuales y futuros profesores y capacitadores de ambos sexos, sobre la importancia de la formulacin y desarrollo de una educacin humanista, cientfica y equitativa para hombres y mujeres.
  • El MME, y el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, velarn a travs de la Comisin de Vigilancia de los Derechos Humanos de las Mujeres, por el cumplimiento de la Seccin Octava, artculos 66 al 79 de la Constitucin vigente.

Resultados:

  • Planes y programas del sistema educativo formal y no formal, con perspectiva de gnero.
  • Maestros y capacitadores en general, impulsando desde sus prcticas cotidianas una cultura de respeto hacia los derechos humanos de las mujeres.
  • Mujeres y hombres de todas las edades, accediendo en igualdad de condiciones a diversas oportunidades para educarse y capacitarse con calidad.

Actores involucrados:

Por el Estado: los mencionados y particularmente el Ministerio de Educacin, Gobiernos Locales, instituciones del Estado que tengan competencia, INNFA, MBS.

Por la sociedad civil: adems de las organizaciones mencionadas en la accin 1.1, letra b) de la pgina 27, las ONG's que trabajen en educacin con enfoque de gnero, y las organizaciones representativas de los sectores educativos, e instituciones religiosas.

c) Polticas de salud

Objetivo: garantizar el derecho a la salud, mejorando el y la atencin diferenciada entre hombres y mujeres de acuerdo a sus necesidades especficas, con particular nfasis en la salud sexual y reproductiva.

Acciones:

  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, promovern espacios de participacin en el Frente Social del Estado particularmente en el Ministerio de Salud para impulsar la incorporacin del enfoque de gnero en el Sistema Nacional de Salud, replicando experiencias exitosas de autogestin en salud, por las organizaciones de la sociedad civil.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, promovern una cultura con nfasis en la salud integral, que contribuya al desarrollo de comunidades sanas en espacios saludables. Ser prioritaria la educacin alimentaria y nutricional, as como la sexual y reproductiva, segn lo dispuesto por el Artculos 23, numeral 25 y la Seccin Cuarta De la Salud, de la Constitucin Poltica vigente.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, promovern la creacin de nuevos mecanismos que permitan a mujeres y hombres el diferenciado a servicios de salud con calidad, que incluyan el enfoque de gnero.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, velarn a travs de la Comisin de Vigilancia de los Derechos Humanos de las Mujeres, por el cumplimiento los numerales 2 y 22 del Artculo 23, Captulo 2; y, los artculos de la Seccin Cuarta, de la Constitucin Vigente.

Resultados:

  • Mujeres y hombres con a una salud integral, que incluya el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, as como el logro de su bienestar emocional, social y fsico en su entorno familiar, social y ambiental.
  • Sistema Nacional de Salud, funcionando con perspectiva de gnero.
  • Servicios del Sistema Nacional de Salud, brindando una atencin de calidad, que considere las necesidades especficas de hombres y mujeres.

Actores involucrados:

Por el Estado: adems de los mencionados, particularmente el Ministerio de Salud, Gobiernos locales, y el IESS.

Por la sociedad civil: adems de las organizaciones mencionadas en la accin 1.1, letra b) de la pgina 27, las ONG's que trabajen salud con enfoque de gnero, Junta de Beneficencia de Guayaquil y otras instituciones privadas que trabajan en este campo.

d) Polticas para una vida libre de violencia

Objetivo: Promover el desarrollo de una cultura que respete el derecho a una vida libre de violencia contra las mujeres, sea en el mbito social como a nivel intrafamiliar, y que incorpore relaciones de tolerancia y respeto a las diferencias.

Acciones:

  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, promovern la formulacin y puesta en marcha de una estrategia nacional contra la violencia intrafamiliar, con carcter multisectorial e interdisciplinario, que tome en cuenta la diversidad tnica y cultural de las mujeres, que cuente con las visiones y necesidades nacionales y locales.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, en coordinacin directa con el Ministerio de Salud, impulsarn el funcionamiento de redes de servicio dirigidos a la atencin a las vctimas de violencia familiar; estas actividades se apoyarn con recursos tcnicos y financieros obtenidos de la cooperacin internacional y otras fuentes, que aseguren la sostenibilidad de los servicios existentes de atencin y prevencin; y, crearn estos servicios donde no existan.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, promovern a travs de programas especficos y de un manejo adecuado de atencin a travs de las Comisaras de la Mujer y la Familia, y de los medios de comunicacin, la sensibilizacin y concientizacin social permanente para cambiar las concepciones que naturalizan y reproducen la violencia en la poblacin.
  • El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, velarn a travs de la Comisin de Vigilancia de los Derechos Humanos de las Mujeres, por la difusin masiva y el cumplimiento los numerales del Artculo 23, Captulo 2, de la Constitucin Vigente y de la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia.
  • Revisin y ajuste de la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia.

Resultados:

  • Mujeres viviendo libres de violencia y con posibilidades de desarrollo personal en su vida cotidiana y social.
  • Una cultura humanista en proceso, que incorpore un nuevo modelo de relacin entre los gneros.
  • La aplicacin de modelos metodolgicos terico-prcticos, en grupos focales, para enfrentar el problema de la violencia intrafamiliar, que respeten los derechos humanos de todas las personas involucradas.
  • Hombres sensibles y comprometidos frente al problema de la violencia.
  • Sujetos sociales claves, sensibles y comprometidos a denunciar y combatir la violencia contra la mujer.
  • Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia, revisada y ajustada con participacin multisectorial.

Actores involucrados:

Por el Estado: Adems de los mencionados, particularmente el Ministerio de Gobierno, Comisaras de la Mujer y la Familia, istracin de Justicia, Defensor del Pueblo, Defensora del Pueblo Adjunta de la mujer, comisiones de Derechos Humanos y de la Mujer del Congreso.

Por la sociedad civil: adems de las organizaciones mencionadas en la accin 1.1, letra b) de la pgina 27, la comunidad en general, contrapartes de comisaras, ONG's especializadas en el tema que desarrollen alternativas para enfrentar el problema de la violencia, colegios de abogados y de profesionales que trabajan en el tema y medios de comunicacin.
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2.1 Revisin, reforma y cumplimiento de la legislacin ecuatoriana, e impulso de reformas legales para la aplicacin de los convenios internacionales que ataen a la mujer

Con el trabajo de los CTA, se impulsarn reformas, segn lo establecido en la Constitucin vigente para eliminar las trabas existentes en las leyes secundarias y supervisar la formulacin de las futuras leyes con el fin garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres. Se impulsar la aplicacin de la legislacin nacional existente a favor de las mujeres y en el caso de no haberla, cuando sus derechos humanos especficos se hayan violado, se demandar la aplicacin del derecho internacional.

Para hacer efectivas estas acciones se emplearn sistemas apropiados de informacin que socialicen instrumentos como la Convencin para la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin Contra la Mujer -CEDAW, la Convencin de Beln do Par. Se impulsar la ratificacin de otros instrumentos como el Protocolo Facultativo de la CEDAW.

Acciones bsicas:

  1. El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, a travs de los CTA, realizarn un anlisis jurdico global de la legislacin ecuatoriana, tomando como referencia mnima las normas de derecho internacional que protegen a las mujeres, ratificados por el Ecuador. Se efectuar una investigacin socio-jurdica sobre prioridades sectoriales (indgenas, negras, trabajadoras sexuales, por ejemplo) o temas comunes como el reconocimiento del trabajo domstico como productivo, etctera.
  2. El MME, el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, a travs de los CTA propondrn e impulsarn concertadamente, proyectos especficos de leyes que permitan alcanzar en lo nacional, al menos con lo requerido para la presentacin oportuna de informes ante Naciones Unidas y con mecanismos de exigibilidad de los derechos establecidos en la Constitucin vigente.
  3. Se realizar un seguimiento permanente desde el CONAMU y la sociedad civil, a travs de la Comisin de Vigilancia, sobre la aplicacin de las leyes reformadas, con un sistema que se cree para el efecto.
  4. Se elaborar y pondr en prctica un plan de capacitacin para personal de istracin de justicia, abogados y estudiantes de leyes.

Se realizar previamente un "estado de situacin" de las normas vigentes en las que haya que realizar reformas, para ello se contar con profesionales del derecho que realicen esta tarea. Posteriormente se las someter a revisin, aceptndose las recomendaciones y observaciones provenientes de la sociedad civil, fundamentalmente de las organizaciones de mujeres que estn trabajando directamente en los temas sectoriales.

Finalmente los anteproyectos se reformularn con la participacin directa de abogadas especialistas en trabajar con enfoque de gnero. Consecutivamente se presentarn las propuestas concertadas y elaboradas tcnicamente y se impulsar su aprobacin a travs del CONAMU, la Comisin de la Mujer del Congreso y el MME.

Para consolidar el proceso se impulsar en las mujeres y en la sociedad en general, el conocimiento y ejercicio de las leyes secundarias aprobadas, privilegindose la comunicacin masiva. Se realizarn evaluaciones peridicas tanto del proceso de reformas, como de los impactos.
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3.1 Nombramiento de funcionarios en cargos de direccin del gobierno central y gobiernos seccionales; de organismos de direccin y control pblicos y privados; de la istracin de justicia, las entidades autnomas, procurando una distribucin equitativa de hombres y mujeres en dichos puestos

El MME en acuerdo con el CONAMU y/o las instituciones estatales o gubernativas competentes, asesorarn tcnicamente desde los CTA a las organizaciones sociales y a las instituciones pblicas, para promover la presencia de un mayor nmero de mujeres en los espacios de decisin. Con la ejecucin de proyectos - en alianzas institucionales con ONG's expertas en gnero- se sensibilizar y capacitar a los servidores pblicos de todos los niveles, a funcionarios de organismos de desarrollo nacional, local o regional, y de las organizaciones sociales, para el logro de estos objetivos.

Del mismo modo, se propondr a los organismos de cooperacin, las instituciones financieras de desarrollo nacionales y locales; y, otros con los mismos fines, que desde sus distintos niveles de injerencia, pongan en marcha medidas de discriminacin positiva que incentiven y prioricen la incorporacin en los niveles de direccin de proyectos de desarrollo a personas que manejan el enfoque de gnero.

Se intercambiarn experiencias de programas o proyectos desarrollados por organismos gubernamentales y no gubernamentales que han permitido incidir en el aumento de la participacin poltica de las mujeres y que optimicen la consecucin del objetivo propuesto.

Se seguir permanentemente desde el Comit de Vigilancia, la aplicacin del Artculo 102 y la disposicin transitoria decimosptima de la Constitucin Poltica vigente, con un sistema que permita exigir su cumplimiento.
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4.1 Participacin de las mujeres y los organismos que trabajan en comunicacin con enfoque de gnero, en la produccin, difusin, monitoreo y control de los mensajes emitidos por los medios de comunicacin, para que se cumplan los principios de respeto a la dignidad de las mujeres y los hombres

Se exigir el cumplimiento y el ejercicio del derecho al , control y regulacin de los medios tal como lo establecen las reformas de la Constitucin.

Se producirn y difundirn mensajes, que promocionen una comunicacin democrtica, plural y respetuosa de la dignidad de mujeres y hombres.

Se disear y ejecutar un plan de capacitacin para comunicadores, estudiantes de comunicacin social, periodistas y dueos de medios en derechos de las mujeres.

Para ello se deber:

  1. Monitorear el uso social de frecuencias y conformar de un Comit de Vigilancia Ciudadana de los medios de comunicacin con participacin equitativa de mujeres y hombres.
  2. Establecer mecanismos y normas legales que permitan la regulacin de la publicidad y los mensajes que se emiten en los medios a fin de eliminar la discriminacin, la violencia, la pornografa y las imgenes estereotipadas de las mujeres, como establece la Constitucin vigente.
  3. Crear un premio nacional desde las organizaciones sociales para los medios de comunicacin que difundan imgenes no discriminatorias de la mujer.
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Evaluacin, seguimiento y ajuste del Plan Operativo de los Derechos de las Mujeres

Para la evaluacin, seguimiento y ajuste de este Plan Operativo, se deber organizar una Comisin permanente de los Derechos de las Mujeres, la cual estar integrada paritaria y descentralizadamente, por representantes del Estado y la sociedad civil involucrada en este plan.

La Comisin de los Derechos de las Mujeres deber coordinar sus acciones con los restantes integrantes del Plan Operativo de Derechos Humanos; elaborar los cronogramas de actividades respectivos, as como los indicadores de financiamiento y gastos, y los indicadores de resultados, entre otros.

Adems, para el primer trimestre del ao 2002, esta Comisin deber preparar un documento que resuma las acciones en marcha y/o concluidas del Plan Operativo de los Derechos de las Mujeres.

Este documento deber formar parte del Plan Nacional de Derechos Humanos. Resultados 2003, que los actores involucrados, tanto del Estado y la sociedad civil, debern dar a conocer al pas.

Bibliografa

Consejo Nacional de las Mujeres, CONAMU, "Plan de Igual de Oportunidades", 1996.
Coordinadora Poltica de Mujeres Ecuatorianas, ME , "Agenda Poltica de las Mujeres", No.2.
Fundacin ESQUEL, "Agenda para combatir la pobreza", 1996.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadsticas y Censos, INEC.
2
Ecuador, Poverty Report, Banco Mundial, 1995.
3
Agenda para combatir la pobreza, Fundacin Esquel, 1996.
4
Un estudio sobre Desarrollo Humano de Naciones Unidas de 1996, dice que si se midiera la contribucin de la economa no monetarizada generada por el trabajo de los hogares, a nivel mundial alcanza la enorme cifra de 16 billones (millones de millones) de dlares, un 70% del valor total del producto bruto oficial mundial, estimado en 23 billones. Ms significativo an es que 11 de esos 16 billones, es aporte de mujeres cuyas actividades son invisibles en las cuentas y estadsticas oficiales, FEMPRESS No.202.


Asociacin Americana de Juristas, AAJ - Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales, ILDIS - Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura, UNESCO. Tercera edicin enero 2000. ISBN 9978-94-014-2 Plan Operativo de Derechos Humanos. Derechos de autor: 013063


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