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Propuesta de Plan Operativo de Derechos Humanos del Ecuador

Derechos Humanos y Comunicacin
Tachi Arriola Iglesias / Eliana Franco Romero / Francisco Garcs Caamao / Patricio Moncayo Moncayo / Xavier Reyes Vsquez
AAJ / UNESCO / ILDIS

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Antecedentes

La Declaracin Universal de los Derechos Humanos en su artculo 19, consagra a la informacin como derecho humano fundamental. La proteccin de este derecho ha sido incorporada en varios instrumentos internacionales, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos y la Convencin Americana sobre Derechos Humanos. A partir del reconocimiento de que el derecho a la informacin es el resultado de un proceso histrico, la realidad contempornea identifica el componente comunicacin como central, lo cual torna ineludible replantearlo de manera extensiva, afirmndolo como derecho a la Comunicacin.

La Constitucin Poltica del Ecuador reconoce el derecho a "la libertad de opinin y de expresin del pensamiento en todas sus formas, a travs de cualquier medio de comunicacin"1, "la libertad de conciencia; la libertad de religin, expresada en forma individual o colectiva, en pblico o en privado"2, y la inviolabilidad y el secreto de la correspondencia" o de "cualquier otro tipo o forma de comunicacin"3. Consagra como un derecho humano fundamental "el derecho a la comunicacin y a fundar medios de comunicacin social y a acceder, en igualdad de condiciones a frecuencias de radio y televisin"4. Reconoce adems la comunicacin como un derecho individual y como un bien colectivo, de modo que los usualmente pretendidos receptores pasivos se conviertan en actores deliberantes del hacer colectivo mediante el ejercicio de su derecho a comunicar, a ser comunicados, a fundar medios de comunicacin y de su derecho a acceder a frecuencias de radio y televisin5.

Sin embargo, el Artculo 81 de la Constitucin contiene una declaracin bastante general respecto a dar y recibir informacin, de ah que se refiera ms a la accin de informar que a la de comunicar. Para fines de este trabajo es necesario proceder a definir los dos conceptos.

Informacin, es la transmisin de ideas, datos, a travs de mensajes desde un emisor a un destinatario, en un proceso lineal que no contempla ninguna retroalimentacin.

La comunicacin, en cambio, se refiere " a la produccin, circulacin y apropiacin de sentidos, ...es un derecho de doble va, en que se involucran los intereses de los productores de mensajes pero tambin las audiencias, los lectores o la amplia diversidad de los s"6.

El Decreto Ejecutivo 1527 del 24 de junio de 1998 promulga como Ley el Plan Nacional de Derechos Humanos. En su artculo 14 indica la necesidad de "concertar entre los medios de comunicacin colectiva del Estado y de la sociedad civil, as como abrir espacios en los medios de comunicacin del Estado y de la sociedad civil para dar a individuos y grupos que se sientan de una u otra forma afectados en sus derechos humanos fundamentales"7. As, mientras el Plan se refiere a la necesidad de legislar para democratizar la informacin y evitar monopolios, el Decreto especifica el tema de Derechos Humanos, lo cual los vuelve complementarios. Hay que sealar, sin embargo, la pertinencia de ampliar el sentido de este artculo, para que el derecho a la comunicacin sea inherente a todos los ciudadanos y ciudadanas, sin que necesariamente hayan sido violentados sus derechos humanos.

De las leyes citadas se colige el derecho de las personas a contar con representacin ante los organismos rectores de las polticas de comunicacin y que los medios deben representar los intereses individuales y colectivos de los diversos sectores de la sociedad civil. Deben constituirse en "verdaderas tribunas abiertas para toda la sociedad sin discriminacin de ningn tipo"8.

Nuestro pas es reconocido como un centro regional importante para el desarrollo de la comunicacin. El Centro Internacional de Estudios Superiores para Amrica Latina, CIESPAL, la Oficina Regional para la Educacin, la Ciencia y la Cultura de Naciones Unidas, UNESCO, la Asociacin Mundial de Radios comunitarias, AMARC, la Agencia Latinoamericana de Informacin, ALAI, la Asociacin Latinoamericana de Educacin Radiofnica, ALER, entre otras han permitido el flujo y el fortalecimiento informativo entre comunicadores de Amrica Latina y el resto del mundo.

Sin embargo, en cuanto a la situacin de los medios en el Ecuador, los gobernantes de turno han minimizado o anulado la funcin social de la comunicacin como dinamizadora de procesos educativos y formadores de opinin pblica, distorsionndola o reducindola a necesidades e intereses personales y de grupos. El mercadeo, los sondeos, el manejo de imagen son ms importantes que las polticas de democratizacin de los medios. En forma dominante se inscriben abiertamente en los patrones del comercio y la competencia.

Actualmente, los medios masivos se constituyen en "intermediarios" a travs de los cuales se corre el riesgo de que los mensajes sean distorsionados, reducidos o eliminados. La prioridad sobre qu informar y comunicar se define en los centros de poder poltico y econmico, con la consecuente alteracin, anulacin o reduccin de la necesidad informativa de las mayoras.

Es evidente la falta de responsabilidad social de los medios masivos con respecto a los diferentes sectores de la sociedad civil. La violencia permanente, imgenes estereotipadas, construccin de estigmas sobre ciertos lugares y personas, exaltacin de falsos valores, violacin del derecho a la privacidad, la falta de polticas, son caractersticas de los medios de comunicacin del Ecuador. Tampoco revelan las condiciones estructurales que explican ms all de la ancdota, los dramas cotidianos de los actores sociales. La marginacin y discriminacin poltica, social, cultural y econmica de los sectores sociales, las limitaciones al y al control de los mismos, hacen necesaria la revisin de sus objetivos, tica y legislacin.

La existencia o no de medios independientes y la diversidad de las ideas que puedan expresarse en estos, refleja el nivel de democracia y respeto por los derechos humanos alcanzados por la sociedad.

Al momento, el ente regulador de los medios audiovisuales es la Superintendencia de Telecomunicaciones a travs del Consejo Nacional de Radio y la Televisin, CONARTEL, como organismo que concede frecuencias y regula la actividad de los medios.

Hasta enero de 1997 el Estado haba concedido 831 frecuencias de radio y 50 frecuencias para televisin, todas privadas. No se han otorgado licencias de funcionamiento a emisoras comunitarias. Existen 45 diarios entre nacionales, regionales y locales9, los cuales en su totalidad son de propiedad privada. La industria nacional del cine y la televisin no ha logrado desarrollarse ya que es ms barato importar; los productores nacionales no tienen incentivos. El congreso se ha negado innumerables veces a pasar una ley de cine.

El surgimiento de Nuevas Tecnologas de Informacin y Comunicacin, NTIC, todava en manos de muy pocos, hacen necesaria su democratizacin para potenciar procesos de formacin de una cultura ciudadana, a partir del respeto e impulso a formas alternativas de comunicacin en un Estado no excluyente.

Tanto desde el punto de vista de las Universidades como de los investigadores y representantes de ONG's que apoyan proyectos de comunicacin y desarrollo en el pas, constituye una seria limitacin el que no se haya legislado ni reglamentado a favor de la democratizacin del libre flujo de la informacin y comunicacin, apoyando mayor apertura, tolerancia y libertad para producir, recibir y transmitir noticias y opiniones en formatos apropiados a las necesidades de diferentes audiencias.
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Plan Operativo de Accin 1999 - 2003

Objetivos

Resultados

Acciones

Promover y garantizar la participacin equitativa de la ciudadana en la definicin y puesta en prctica de polticas de comunicacin que permitan su democratizacin.

Polticas de comunicacin definidas y aplicadas en los distintos sectores de la sociedad civil.

1.1 Participar en el diseo, elaboracin, implementacin, seguimiento y evaluacin de las polticas de comunicacin dirigidas al ejercicio del derecho individual y colectivo a la comunicacin.

Contribuir a generar una legislacin adecuada a la realidad del pas que permita el ejercicio de derecho a la comunicacin.

Asegurar el pleno ejercicio del derecho a la comunicacin.

2.1 Elaborar propuestas de reformas a la Constitucin, y leyes vinculadas al derecho de la comunicacin y sus reglamentos.

Garantizar la participacin de la ciudadana sin discriminacin alguna, mediante una justa concesin de frecuencias y canales.

Contar con un organismo rector del quehacer de los medios de comunicacin.

3.1 Formacin del Consejo Nacional de Comunicacin, CNA.

Generar un proceso educativo que identifique a la comunicacin como eje transversal de la prctica social y cultural.

La comunicacin convertida en un espacio estratgico que garantice la identidad nacional multicultural.

4.1 Elaborar propuesta a la reforma educativa y promover la capacitacin, investigacin y anlisis de la comunicacin en el contexto de lo educativo.



Operativizacin de las acciones

1.1 Participar en el diseo, elaboracin, implementacin, seguimiento y evaluacin de las polticas de comunicacin dirigidas al ejercicio del derecho individual y colectivo a la comunicacin

Se entiende como poltica de comunicacin a un "conjunto integrado y duradero de polticas parciales, organizadas en un conjunto coherente de principios de actuacin y normas aplicadas a los procesos o actividades de comunicacin de un pas_ es imprescindible organizar las necesidades en materia de comunicacin para poder acelerar el desarrollo"10.

Las actuales polticas de comunicacin del Ecuador coinciden con el proceso histrico poltico.

Los grupos de poder econmico y poltico han dictado las reglas, tanto en lo referente a medios como en la publicidad, sin considerar las necesidades e intereses de los grupos sociales que conforman la nacin, ni el desarrollo integral del pas. La dinmica real de funcionamiento y expansin de los medios, leyes y regulaciones, no se compadece con dichas necesidades.

La carencia de una poltica nacional de comunicacin democrtica, conlleva a la privatizacin y transnacionalizacin del desarrollo de las comunicaciones. Que las polticas sean transparentes, racionales, participativas y democrticas es condicin fundamental para el cambio de las comunicaciones.

Esta carencia se relaciona con la escasez de investigaciones orientadas a servir en forma til a los procesos de toma de decisiones. Las polticas de comunicacin deben incluir los sistemas de propiedad de los medios, las formas de financiamiento y la evaluacin de programas y contenidos. Se trata de formular polticas que sin afectar la libertad de expresin y el carcter comercial de los medios, puedan estimular un mayor y participacin ciudadana, en particular por va de la creacin de canales de interconexin e intercambio entre productores y distribuidores, as como del y control de los medios de comunicacin social.

La definicin de polticas debe incluir las transformaciones impulsadas por las nuevas tecnologas (informtica, telecomunicaciones, micro onda, satlites, cable, fibra ptica, televisin y vdeo) para que estas sean coherentes, democrticas y participar en igualdad de condiciones en el contexto internacional.

Es necesario la recopilacin de referencias, datos y normas que puedan servir como metodologa de tipo de informacin requerida para formular, aplicar y evaluar polticas de comunicacin, tanto a escala nacional como para efectos de colaboracin subregional y mundial.

1. Estructura de propiedad y financiamiento de los medios

Ecuador ha organizado su sistema de medios de comunicacin a base del predominio de la propiedad privada y la lgica comercial, aunque tambin existen medios alternativos apoyando a diversos grupos sociales. No hay una reglamentacin que anime y posibilite la existencia de los medios alternativos en igualdad de condiciones con los medios comerciales.

Los problemas de centralizacin tambin son percibidos en el rea de la comunicacin donde la mayora de canales de televisin, radioemisoras, diarios y peridicos se concentran en las grandes ciudades.

2. Relacin gobierno-medios comerciales

El gobierno ejerce un relativo control a travs de un organismo que concede frecuencias, regulando y reglamentando su programacin en el caso de la radio y la televisin y que controlan la veracidad de la informacin de la prensa. Sin embargo, el poder est en los empresarios, evidencindose una concentracin monoplica. La poltica estatal responde a situaciones coyunturales de apoyo a planes oficiales y no al bien comn.

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3. Desarrollo industrial

No se han definido mecanismos y entidades que regulen y fiscalicen el desarrollo de una industria nacional. No hay regulaciones que reconozcan y promuevan a los productores independientes de radio, cine y televisin, ni una reglamentacin ni capacidad operativa. Faltan incentivos para que los productores independientes puedan desarrollar la industria cultural.

El Sistema Nacional de Comunicaciones, est compuesto de tres complejos industriales:

  • Industria audiovisual: cine, televisin, vdeo cassette y cable.
  • Industria del sonido: disco y radio.
  • Complejo editorial: diarios, revistas y libros.

Este sistema es la resultante de tres lneas principales de transformacin: la informtica, las telecomunicaciones (micro ondas, satlite, fibra ptica, etctera). El vdeo y la televisin11. Constituyen por s mismas una riqueza cultural en potencia, que no ha sido an suficientemente aprovechada.

4. Equipamiento, produccin, importacin y mantenimiento

Los equipos son importados en su totalidad. No hay incentivos para la produccin local de equipos ni partes. La legislacin actual exonera de impuestos a los concesionarios mientras los productores independientes de cine y televisin no gozan de este privilegio. Debe existir igual tratamiento para todos.

5. Educacin y cultura

La programacin educativa y cultural est casi ausente de la programacin de los medios. Los espacios informativos radiales tienden a crecer. La televisin percibe la mayor inversin publicitaria e incentiva hbitos de consumo suntuario. La funcin social de la comunicacin debe traducirse en propuestas encaminadas a reforzar y promover lo educativo y cultural.

6. Produccin, programacin y contenidos

Es necesario no exonerar sino gravar la importacin de programas, utilizando estos gravmenes para la creacin de fondos de promocin de la produccin nacional.

La demanda de polticas de comunicacin que incorpore a los grupos sociales que trabajan los temas: gnero, pueblos indgenas, niez, tercera edad, medio ambiente, salud, educacin, minoras sexuales, entre otros, nos indica que esta rea del conocimiento se fortalece y cada vez hay mayor conciencia sobre su importancia.
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2.1 Elaborar propuestas de reformas a la Constitucin, y leyes vinculadas al derecho de la comunicacin y sus reglamentos

1. La Constitucin Poltica de la Repblica del Ecuador

En la Seccin Dcima, llamada "De la Comunicacin", Artculo 81, se menciona que el Estado garantizar, bsicamente, dos derechos:

  1. El a las fuentes de informacin "especialmente por parte de periodistas y comunicadores sociales".
  2. La clusula de conciencia y el secreto profesional.

Adems, se hace referencia a la no existencia de reserva respecto de la informacin que reposa en los archivos pblicos, salvo los documentos que fueren exigidos por razones de defensa nacional o en los casos establecidos por la ley.

El papel de los medios es tocado al mencionarse el deber de stos de participar en "los procesos educativos, de promocin cultural y preservacin de valores ticos. La ley establecer los alcances y limitaciones de su participacin".

Finalmente, se prohibe la publicidad que promueva la violencia, el sexismo, el racismo, etctera, y todo lo que atentare contra de la dignidad de las personas.

No obstante este captulo es importante para un buen desempeo de los comunicadores, su prctica es relativa. Mientras se habla de garantizar el a las fuentes de informacin, de manera que sta se difunda de manera "objetiva, veraz, plural, oportuna y sin censura", por otro lado, se restringe este derecho cuando se lo limita debido a "razones de seguridad nacional" u "otras causas establecidas en la ley".

El a las fuentes de informacin no debera tener ningn limitante. Para evitar un abuso en la utilizacin de la informacin se debe trabajar una reglamentacin tica, de responsabilidad social y no mercantil, que sea respetada y que regule el trabajo de los comunicadores y profesionales que intervengan en el proceso de comunicacin. Adems, se deben crear los mecanismos necesarios de respuesta por parte de los posibles afectados por informacin mal utilizada.

En la segunda parte de este artculo se hace referencia a la participacin de los medios en "procesos educativos, de promocin cultural y preservacin de valores ticos". En este punto la ley establece una obligatoriedad de los medios a participar en estas actividades, sin embargo hace falta especificarla.

De nada sirve que programas educativos, culturales, entre otros, sean transmitidos en horarios de baja sintona cuando lo importante sera llegar a la mayor cantidad posible de personas y en el momento ms adecuado. Aqu se hace necesaria una reglamentacin para que los medios transmitan programas, cuas para eventos culturales, campaas sociales, entrevistas, reportajes, entre otros gneros, en horarios adecuados y que usualmente tengan gran audiencia.

La ltima parte indica que se prohibe la publicidad que promueva la violencia, el sexismo, el racismo, etctera, y todo lo que atentare contra la dignidad de las personas. Esta prohibicin deber ser ampliada a la programacin general.

1.1 La libertad de expresin

En el Artculo 23, literal 9, se menciona:

El derecho a la libertad de opinin y de expresin del pensamiento en todas sus formas, a travs de cualquier medio de comunicacin, sin perjuicio de las responsabilidades previstas en la ley.

La persona afectada por afirmaciones sin pruebas o inexactas, o agraviada en su honra por informaciones o publicaciones no pagadas hechas por la prensa u otros medios de comunicacin social, tendr derecho a que estos hagan la rectificacin correspondiente en forma obligatoria, inmediata y gratuita, y en el mismo espacio o tiempo de la informacin o publicacin que se rectifica."

Sin embargo, estos derechos estn limitados, por un lado, al concebir a la libertad de opinin y expresin solamente desde los medios de comunicacin. En este artculo sera importante definir lo que se quiere decir, en la primera parte, con "a travs de cualquier medio de comunicacin" y comparar si es compatible o no con lo que se manifiesta en la Declaracin Universal del los Derechos Humanos donde este derecho se hace efectivo "por cualquier medio de expresin".

Nos parece que esta conceptualizacin es importante debido a que ciertas formas de expresin, individuales y colectivas, que van desde lo artstico, como el teatro o la msica, hasta formas cotidianas de identificacin cultural, como el habla o el estilo de vestir, son generalmente utilizadas por los medios para producir y reproducir estereotipos que nada tienen que ver con la realidad.

Por otro lado, en la segunda parte, se hace buen uso del derecho a la rectificacin, sin embargo queda limitado al aplicarse nicamente a "informaciones o publicaciones no pagadas", pues el ciudadano queda desprovisto de su posibilidad de rplica cuando se da el caso de espacios contratados. Las desigualdades socioeconmicas no le permiten a la mayora de la poblacin acceder a los medios en las mismas condiciones que quienes contratan un espacio.

Se debera dar la misma oportunidad de rectificacin, y en las mismas condiciones, cuando existe un dao como resultado de espacios pagados o no pagados.

1.2 Derecho a la Comunicacin

En el texto constitucional encontramos "El derecho a la comunicacin y a fundar medios de comunicacin social y a acceder, en igualdad de condiciones a frecuencias de radio y televisin".

Aunque este derecho est consagrado en la Constitucin, lo que ya es bastante pero no suficiente, en la prctica no pasa de ser una declaracin ms. La posibilidad de fundar medios es muy relativa. En lo que se refiere a radio y televisin pues existen condicionamientos que impiden el trabajo de las Estaciones de Servicio Pblico y Radios Comunales, en cuanto a su funcionamiento y financiamiento. Analizaremos ms adelante la Ley de Radio y Televisin.

Los medios impresos se escapan a esta ley, sin embargo, casi la totalidad de publicaciones tienen que acoplarse al sistema mercantil si quieren mantenerse, pues la mayora desaparece por falta de financiamiento.

1.3 Las garantas de los derechos

El Captulo 6 de la Constitucin, "De las Garantas de los derechos", se refiere al hbeas corpus, hbeas data, accin de amparo y la Defensora del Pueblo.

No obstante, existen otras disposiciones que garantizan la aplicacin de los derechos contemplados en el texto constitucional. Por ejemplo el Artculo 18 dice que "Los derechos y garantas determinados en esta Constitucin y en los instrumentos internacionales vigentes, sern directa e inmediatamente aplicables por y ante cualquier juez, tribunal o autoridad"; que "No podr alegarse falta de ley para justificar la violacin o desconocimiento de los derechos establecidos en esta Constitucin, para desechar la accin por esos hechos, o para negar el reconocimiento de tales derechos."; y finalmente se reitera la supremaca de los derechos: "Las leyes no podrn restringir el ejercicio de los derechos y garantas constitucionales".

Aparentemente, se estn garantizando los derechos, entre ellos el de la comunicacin, sin embargo, las reglamentaciones y leyes de menor jerarqua que la Constitucin, muchas veces chocan con las disposiciones constitucionales, dejando sin efecto los derechos contemplados.

Aqu se requiere reestructurar el aparato legal e institucional que rige al campo de la comunicacin. La existencia de estas garantas es importante para exigir cambios a nivel de leyes secundarias y la revisin urgente de cdigos de tica para que el derecho a la comunicacin sea respetado

2. Ley de Radio y Televisin

En 1975 se expidi la Ley de Radio y Televisin y en 1995, se realizaron las reformas que, prcticamente, constituyen una nueva ley.

2.1 Las frecuencias para radio

Actualmente en el Ecuador existen estaciones de dos tipos:

Estaciones de Servicio Pblico (Artculo 5, a): Son las destinadas al servicio colectivo, sin fines de lucro y no pueden cursar publicidad comercial de ninguna naturaleza. Estas estaciones transmitirn programacin cultural, educativa y asuntos de inters general, tales como conferencias de ndole pedaggico, agrcola, industrial, econmico de desarrollo social, de servicio a la comunidad, de orientacin al hogar, es decir que tales programas propicien su desarrollo socioeconmico y cultural, el sano esparcimiento y los valores esenciales de la nacionalidad dentro de un mbito de integracin y solidaridad ciudadana. Dentro de esta definicin se encuentran las estaciones de servicio comunal.

Estaciones comerciales privadas (Artculo 5, b): Son las que tienen capital privado, funcionan con publicidad pagada y persiguen fines de lucro.

La concesin de frecuencias y canales son concedidas bajo las siguientes condiciones:

Radio comunales (Artculo 6): La concesin de frecuencias para estaciones de radiodifusin de servicio comunal sern otorgadas a las comunas legalmente establecidas, de acuerdo con la ley de Organizacin y Rgimen de las Comunas, previo informe favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en el sentido de que no atentara contra la seguridad nacional interna o externa del pas. Estas estaciones son de radio difusin de servicio pblico contempladas en el artculo 5, literal A del presente reglamento, las que no podrn cursar publicidad de ninguna naturaleza y se dedicarn nicamente a fines sociales, educativos y culturales. Los fines sociales se refieren nicamente a actividades relacionadas con ayuda a la comunidad. Las concesiones para estaciones de radiodifusin servicio comunal, se otorgarn nicamente para estaciones de onda media y frecuencia modulada en lugares donde no existan concesiones para estaciones nacionales, regionales o locales de onda media o concesiones de frecuencia modulada; y, en cualquier caso siempre que no interfieran con las frecuencias asignadas a otras estaciones.

Estaciones comerciales (Artculo 9): El Consejo Nacional de Radio y Televisin autorizar a travs de la Superintendencia de Telecomunicaciones las concesiones de frecuencias para los medios, sistemas o servicios de radiodifusin y televisin, determinados en el captulo 3, art., 5, del presente reglamento de acuerdo a las normas tcnicas, istrativas, planes de uso de frecuencias vigentes en el pas.

Las exigencias y funciones predeterminadas para las estaciones de "servicio pblico" son un impedimento para la democratizacin de la comunicacin y una garanta para el mantenimiento del poder en los grupos dominantes que manejan la mayora de medios de comunicacin.

Es necesaria una reglamentacin justa, en la que se garantice la libre fundacin de medios de comunicacin tal como lo seala el texto constitucional. Un punto de partida es eliminar el veto a la publicidad de las radios comunales y la eliminacin de los condicionamientos en cuanto a su funcionamiento. Tanto las radios comerciales como las comunales tienen derecho a existir en las mismas condiciones, no obstante, la diferencia est en la finalidad, no solamente econmica, sino social que distingue a estos medios.

La libertad de expresin no es patrimonio nicamente de los medios comerciales, sino de todas las personas, quienes a travs de los medios se reconocen a s mismos como sujetos gestores de su propio desarrollo. El limitar las posibilidades de financiamiento y la programacin, entre otros, es discriminatorio y viola derechos consagrados en la Constitucin ecuatoriana.

2.2 Organismos rectores

La istracin y control de las bandas del espacio radioelctrico, la distribucin de frecuencias, est a cargo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, ST. Esta tiene el control tcnico de las estaciones de radio y televisin y puede imponer sanciones en casos de violaciones legales.

El Consejo Nacional de Radiodifusin y Televisin, CONARTEL, parte de la ST, tiene la atribucin de controlar la calidad artstica, cultural, moral de los programas de radio y televisin.

La Superintendencia de Telecomunicaciones realiza una actividad de control a instituciones de distinta naturaleza, aunque dentro del mbito de la comunicacin, por ejemplo, ejerce el control tanto a la telefona celular como a los medios de comunicacin. Sera conveniente que el control de todo lo que tiene que ver con la comunicacin social, como derecho ciudadano fundamental, sea realizado por un organismo independiente de la ST, y con una representatividad suficiente como para permitir un control participativo de los medios y no el autocontrol al que se ha llegado.

Este nuevo organismo sera el encargado de sancionar la calidad de la programacin y funcionamiento de los medios. CONARTEL, que actualmente realiza esa actividad, responde a lgicas diferentes de los requerimientos de la sociedad, pues est integrado por empresarios, militares y representantes, directos o indirectos, de los gobiernos de turno. Su carcter poltico resta valor y credibilidad a este como organismo de control.

2.3 Propiedad de los medios

Gran parte de las concesiones han sido hechas a poderosos empresarios o a personajes que responden a los intereses mercantiles y polticos de los grupos dominantes. Si entendemos que la comunicacin es un bien social, se deben procurar los mecanismos que permitan su socializacin en un proceso democrtico de apropiacin de derechos, pues actualmente la propiedad de los medios es la extensin de la concentracin del poder econmico y poltico de los grupos dominantes.

La reglamentacin debe ser clara, primero, al no permitir la concentracin monoplica de los medios, y, segundo, al permitir a la sociedad en general acceder a estos. Para evitar la monopolizacin de los medios es preciso aclarar la funcin social de estos y redefinir su rol como empresas.

2.4 Programacin

La actual participacin de los medios de comunicacin en procesos educativos, culturales y de difusin de valores ticos es escasa. Podemos analizar las estadsticas para darnos cuenta del nfimo porcentaje que tiene este tipo de programacin en los medios. Pero ese no es el nico problema, pues lo poco que se emite se hace en horarios que no influyen de manera significativa ni tienen el impacto necesario. Hay que superar el criterio de que lo educativo-cultural es de mala calidad y poca sintona.

Es urgente una reglamentacin que obligue a los medios a aumentar, cuantitativa y cualitativamente, los programas de esta naturaleza; adems de darles la importancia necesaria para ocupar, en las mismas condiciones que el resto de programas, los horarios de mayor sintona.

El apoyo al material educativo, cultural, artstico, etc., no queda en eso, sino que debe ampliarse, por ejemplo, a campaas sociales como la defensa de los derechos humanos, prevencin de enfermedades, participacin de sectores marginados, etctera.

3. Ley de Seguridad Nacional

La Ley de Seguridad Nacional dice: "Sern sancionados con prisin de uno a dos aos las personas naturales y los representantes de las personas jurdicas que revelaren o hicieren pblicos datos que atentaren contra la seguridad nacional".

La pregunta es ineludible: Quin y con qu criterio puede juzgar los datos que atentaren contra la seguridad nacional?. Nuestra historia muestra que la reserva ha sido un modo de tapar actos de corrupcin.

Creemos que no debera existir esta reserva, ya que el deber del comunicador es decir la verdad (pues ocultarla o callarla sera casi lo mismo que mentir); sin embargo, esto es un proceso complejo que no se da de un momento a otro. Un primer paso debera ser eliminar el exceso de documentos calificados sin razn suficiente de "reservados" o "secretos".

El derecho a la libertad de expresin aparece garantizado en gran parte del conjunto de instrumentos internacionales sobre derechos humanos, en instrumentos regionales sobre la misma materia, as como en los de la legislacin interna. Cualesquiera que sean los condicionantes o restricciones que se le quieran imponer para su libre ejercicio en estados de excepcin, vulneran el espritu del derecho a la libre expresin de las ideas, garantizado en el artculo 13.3 de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos. So pretexto de salvaguardar la seguridad nacional, la censura previa se sustenta en la ambigedad de la legislacin bajo expresiones de tipo de "se prohibe a las estaciones de radiodifusin y televisin... difundir directamente, bajo su responsabilidad actos y programas contrarios a la seguridad interna o externa del Estado" (Art. 58 Ley de radiodifusin y Televisin).

El secreto bancario, los gastos reservados, los informes secretos solo han sido un pretexto para los malos manejos. No se puede informar bien si no se tienen abiertas y transparentes las fuentes. El pueblo tiene derecho a saber, y el comunicador tiene que satisfacer ese derecho. La reserva recae en la responsabilidad social del comunicador a la hora de usar la informacin; esto no debe estar reglamentado desde la ley de seguridad nacional, sino desde un cuerpo de leyes o normas ticas que el comunicador debe respetar.

4. Ley de Ejercicio Profesional del Periodista

En la actualidad existen varios proyectos para la revisin de la ley actual, pues luego de 24 aos de vigencia, esta debe ser renovada.

Entre los cambios que se han venido planteando est la ampliacin del trmino periodista al de comunicador, as, se estara hablando de la Ley de Ejercicio Profesional del Comunicador Social.

Hay que ver esta profesionalizacin desde dos aspectos bsicos: Como pertenencia a una organizacin profesional, respetando sus estatutos y autoridades, y, sobretodo, como calificacin tcnica y tica, que es la que determina, a fin de cuentas, la credibilidad y el respeto de un comunicador. Es de fundamental importancia la elaboracin de un cdigo de tica que responda a las necesidades de la sociedad en su conjunto, con valoraciones objetivas como son el respeto a principios universalmente reconocidos.

5. Legislacin penal

El Cdigo de Procedimiento Penal habla de "imputacin de hechos deshonrosos", "escritos inmorales que atacan las buenas costumbres...que tratan de asuntos obscenos y deshonestos".

Aqu podemos encontrar conceptos que estn sujetos a varias y diversas interpretaciones. La libertad de prensa, la emisin de mensajes y la gran cantidad de escenarios culturales diferentes han llegado a un punto tan complejo que es imposible determinar que son "buenas costumbres" o "asuntos obscenos y deshonestos". Adems, es importante analizar el contexto en el que se produce la informacin y en el que se lee la misma, pues el mundo nos presenta una cantidad infinita de valoraciones subjetivas de la actividad humana.

Pero ms all de la infinidad de interpretaciones, existen valores universalmente reconocidos que deben ser respetados como la no discriminacin racial, la lucha contra todo tipo de violencia, la equidad de gnero, la condena a la explotacin infantil, la defensa de los derechos humanos, etctera.

6. Propiedad intelectual

En lo que se refiere a este tema, el Estado ecuatoriano reconoce y garantiza la propiedad intelectual conforme a la Ley y convenios internacionales vigentes. Comprende los derechos de autor y derechos conexos, la propiedad industrial y las obtenciones vegetales.

La legislacin al respecto de los derechos de autor es muy importante, pues ms all de la publicidad que pudieran ofrecer los medios para la difusin de creaciones de diferente naturaleza, estos se apropian de algo que no es suyo, con el objetivo de salvar provecho econmico. En esta medida, es importante combinar el apoyo que los medios pueden brindar mediante la difusin y el respeto a los derechos del autor.

7. Ley del Consumidor

El artculo 92 dice: "La ley establecer los mecanismos de control de calidad, los procedimientos de defensa del consumidor, la reparacin o indemnizacin por deficiencias, daos y mala calidad de bienes y servicios...". "Las personas que presten servicios pblicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, sern responsables civil y penalmente por la prestacin del servicio".

La comunicacin al ser un bien social, de consumo masivo, debe estar incluida en la legislacin de la proteccin del consumidor. La falta de una regulacin en este sentido, se ve reflejada en la psima calidad de muchas producciones. Tenemos pelculas, novelas, noticieros, programas infantiles, series familiares, entre otros, que promueven la violencia, el racismo, el sexismo, etc. que atentan contra la dignidad humana.

Sera importante precisar algunos puntos que son ambiguos y que no permiten una buena aplicacin del derecho a consumir bienes y servicios de buena calidad. En lo que tiene que ver con los medios sera fundamental incluirlos en esta ley, pues de esa manera los ciudadanos tendran un mecanismo claro de denuncia y participacin directa en la exigibilidad de sus derechos. De igual manera se debe promover la asociacin de consumidores y s en grupos independientes que tengan la posibilidad de protestar por la mala calidad de los productos que se transmiten a travs de los medios.

La existencia del Ombudsman como oficial externo a los medios en defensa de los varios grupos de la sociedad civil es un requisito.

Lo anteriormente expuesto nos lleva a concluir que existe una falta de armonizacin del conjunto de leyes. Es necesario contar con una reglamentacin que establezca los mecanismos para hacer valer las garantas sociales y jurdicas includas en la Constitucin. Dichas leyes deberan transparentar las relaciones entre los diversos actores del proceso de comunicacin. Es urgente propiciar un cambio de mentalidad y comportamiento en la sociedad ecuatoriana, quienes debemos reconocernos como activos de los movimientos sociales, con potencial creativo para articular propuestas que nos permitan ejercer nuestro derecho a la comunicacin.
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3.1 Formacin del Consejo Nacional de Comunicacin, CNA

En un sistema democrtico, o por lo menos que pretende serlo, la importancia de las instituciones es vital, en tanto son garanta y representacin de los ciudadanos para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones. En el campo de la comunicacin social las instituciones no responden a la necesidad de democratizar este derecho. Tal como est diseado el modelo institucional, no se podrn hacer los cambios que la sociedad exige.

Instituciones existentes

Los organismos rectores de la comunicacin social en el Ecuador son: la Superintendencia de Telecomunicaciones, ST, y el Consejo Nacional de Radio y Televisin, CONARTEL.

La Superintendencia de Telecomunicaciones est dirigida por un superintendente elegido por el Congreso Nacional de una terna enviada por el Ejecutivo y que dura en el cargo cuarto aos con la posibilidad de reeleccin. Esta encargada de istrar y controlar la distribucin de frecuencias.

Como una parte de la ST est el CONARTEL cuya dirigencia est conformada por:

  • Delegado del Presidente de la Repblica.
  • Ministro de Educacin o su delegado.
  • Delegado del Comando Conjunto de las FFAA.
  • Superintendente de Telecomunicaciones.
  • Presidente de la Asociacin Ecuatoriana de Radio y Televisin.
  • Presidente de la Asociacin de Canales de Televisin del Ecuador.

El CONARTEL est encargado de aprobar el plan nacional de distribucin de frecuencias, autorizar la concesin de canales o frecuencias de radio o televisin, autorizar su arrendamiento o transferencia; tambin tiene la atribucin de controlar y regular la calidad artstica, cultural y moral de los programas de radio y televisin.

Propuesta de nueva institucionalidad

Como podemos apreciar, las instituciones vigentes tienen su principal falencia en la conformacin de sus integrantes, pues estos representan, bsicamente, a los gobiernos de turno, a las FFAA., y a los empresarios de la comunicacin. Los obstculos para democratizar este derecho son evidentes, pues las acciones del gobierno responden a la tctica poltica de coyuntura, las de los empresarios a las leyes de la rentabilidad econmica y las de las FFAA a las famosas "razones de seguridad nacional".

Desde esta perspectiva son excluidos amplios sectores sociales relacionados, directa o indirectamente, con la comunicacin; pues ni siquiera se mencionan a organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil que trabajan en este campo. Tenemos, entre otras, a CIESPAL, AMARC, ALER, CORAPE, que han desarrollado una valiosa labor en los procesos de democratizacin de la comunicacin y la difusin de este derecho.

La institucin a crearse sera un Consejo Nacional de Comunicacin, CNC, con autonoma financiera y istrativa, y que seria el organismo rector del quehacer de los medios de comunicacin en el Ecuador. De esta manera ya no existira dependencia alguna de la Superintendencia de Telecomunicaciones, ya que esta se dedicar a sus actividades establecidas, como por ejemplo la istracin y control de la telefona en el pas.

El cuerpo directivo del CNC durara cuatro aos y estara integrado por un representante o delegado de las siguientes instancias:

  • Estado.
  • Gremios profesionales de la comunicacin social.
  • Escuelas o facultades de comunicacin social.
  • Movimientos Sociales.
  • Fuerzas Armadas.
  • Ministerio de Educacin.
  • ONG's que trabajan en el campo de la comunicacin.
  • Medios de comunicacin masiva (incluidos los medios escritos).

Las funciones del CNC son istrativas y de control en un marco jurdico y tico elaborados previamente. En cuanto a lo istrativo, esta institucin a crearse garantiza la participacin de la ciudadana sin discriminacin alguna, mediante una justa concesin de frecuencias y canales, y velando por el cumplimiento del derecho a la libre fundacin de medios. Asimismo, su trabajo est encaminado a evitar la monopolizacin de los medios, y regular la duracin de los contratos de arrendamiento de frecuencias, el alcance de estas, su distribucin geogrfica, etctera. Todo este trabajo en pos de alcanzar altos niveles de participacin, especialmente de los sectores marginados por su condicin cultural, social y econmica.

En cuanto a control, el CNC sancionar a los medios por las faltas cometidas, sobre todo cuando a travs de estos se violan derechos consagrados en la Constitucin y en los convenios internacionales, como la violencia o el sexismo por ejemplo. En otro campo que se vislumbra hacia lo masivo est el Internet donde es difcil controlar el flujo de la informacin y donde, por ejemplo es imprescindible elaborar una reglamentacin que permita fijar tarifas referenciales y garantizar los derechos de autor. Tambin debe velar por el cumplimiento de ciertas normas, como por ejemplo participar en procesos educativos y de promocin de la cultura. De esa forma se apoyar a la democratizacin de la informacin.

El CNC tambin ejercer sus funciones en el campo de los medios escritos, el cine y la publicidad, fomentando la creacin de nuevos espacios y controlando que estos cumplan con su rol social en las mismas condiciones que son exigidos los medios radiales y televisivos, obviamente guardando las proporciones de la naturaleza de cada medio.

Todas estas atribuciones del CNC deben estar diseadas para ampliar el a la comunicacin y garantizar la libertad de expresin y opinin. De la misma manera que este organismo est creado principalmente para hacer cumplir un derecho de todos, tambin debe garantizar el cumplimiento de responsabilidades y deberes, pues si se garantiza la libertad de expresin tambin debe garantizarse que los medios cumplan con el papel que les fue otorgado.

Cabe anotar que todas estas funciones no se justifican en s mismas sino que estn relacionadas mutuamente con otras instancias como el marco legal y la codificacin tica sobre el que trabajara esta institucin; tambin intervienen otros elementos importantes, como las polticas pblicas de comunicacin y de educacin, que permitan un buen desempeo del CNC.

La participacin de la ciudadana es fundamental no slo como beneficiarios del trabajo del CNC, sino que forman parte del trabajo mismo. En la medida en que ellos son los que juzgaran la labor de los medios, deben constituir comits de vigilancia, auspiciados por el CNC, encargados de canalizar las quejas y peticiones de los diferentes sectores ciudadanos. Para este efecto es necesaria la colaboracin de otras instituciones como la Defensora del Pueblo o el Tribunal Constitucional, adems de los recursos de hbeas corpus, hbeas data y la accin de amparo, para un ejercicio pleno y responsable del derecho a la comunicacin.
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4.1 Elaborar propuesta a la reforma educativa y promover la capacitacin, investigacin y anlisis de la comunicacin en el contexto de lo educativo

Quienes tienen que procurar el bienestar mental y la enseanza de nios/as y jvenes son los padres, educadores y comunicadores sociales, estos ltimos tienen en sus manos esta responsabilidad debido al avance tecnolgico que le permite articular lo social. Los medios de comunicacin desplazan paulatinamente a otras instituciones de control e incrementa cada da su poder e incidencia en la actitud, pensamiento y cultura del ser humano gracias a que puede ingresar con mayor facilidad a los ncleos familiares.

"Los educadores y los responsables de la comunicacin deberan asumir conjuntamente la responsabilidad de poner los derechos humanos en conocimiento de todos, de ensearles a respetar y a imponer el respeto de los derechos humanos, para s mismos y para los dems"12.

Ello implica un cambio cultural que considere a la comunicacin no como un mero instrumento meditico y tecnolgico, sino ante todo, como un componente pedaggico.

Para ello es necesario:

  1. Desarrollar eventos acadmicos y talleres de capacitacin, que resalten la relacin comunicacin-educacin con nfasis en derechos humanos dirigidos a comunicadores y estudiantes de comunicacin.

    Se requiere que desde las facultades de comunicacin social e institutos se imparta el respeto y vigencia de los derechos humanos, como funcin social de la educacin.

    Establecer un acuerdo con los propietarios de los medios en la realizacin conjunta de programas encaminados a la defensa de los derechos humanos, que permitan promover a la comunicacin social en su funcin educativa.
  2. La reforma educativa debe abordar el tema de derechos humanos y comunicacin desde los primeros aos escolares y estudios superiores.

    Debe promover el respeto de los derechos humanos en las relaciones interpersonales.

    Capacitar a profesores y maestros en los contenidos de derechos humanos y comunicacin a fin de que constituyan un eje transversal en la educacin.

    Introducir en el Pensum de estudios programas de derechos humanos incorporando el anlisis de la realidad nacional e internacional y recuperando la memoria histrica que tiene su proceso y lucha.

    Dentro de la educacin formal y no formal generar una metodologa que abarque la investigacin, la utilizacin de una adecuada pedagoga que incorpore la comunicacin, articulando as un proceso educativo que promueva la participacin.

    Aportar con elementos suficientes para realizar anlisis y lectura critica de imagen y mensajes. Esto permitir a nios/as y jvenes emitir juicios crticos rescatando informacin y desechando antivalores.
  3. Trabajar en el adecuado uso de cdigos, lenguaje, valores y mensajes.

    Los medios de comunicacin deben eliminar el uso de la violencia de todo tipo en la transmisin de productos comunicacionales. Esta se reproduce en las relaciones interpersonales y en la sociedad, traducida luego en delincuencia y crimen, de esta manera se educa errneamente. Adems se suman otros factores generadores de violencia como la falta de empleo, vivienda, salud, sexismo, discriminacin, analfabetismo, desintegracin familiar, injusticia social, aspectos que agravan an ms esta situacin.

    Por cuanto la comunicacin social es un proceso social fundamental, es tambin un imperativo democrtico que en ella prevalezca el principio de igualdad, entre todos los que intervienen en el proceso.

    Esto se lograr a travs de la racionalizacin en la programacin, reemplazando la violencia por programas recreativos, educativos de calidad que permitan reafirmar valores.
  4. Democratizar el y capacitacin de uso y manejo de medios y nuevas tecnologas

    Universalizar el conocimiento en el uso de las nuevas tecnologas en la comunicacin. Las facultades de comunicacin social y organizaciones vinculadas a este trabajo deben mantener como objetivo la renovacin constante. Esto se lograr a travs de convenios, talleres, pasantas con medios de comunicacin, del Estado y empresas que manejan tecnologa de punta. Adems se debe impulsar un amplio movimiento ciudadano por la democratizacin de la comunicacin.
  5. Intercambiar experiencias entre profesionales de la comunicacin, estudiantes, trabajadores de la comunicacin y quienes estn vinculados en el medio.

    Esto permitir fortalecer conocimientos y avanzar con alternativas innovadoras, a travs de una mayor apertura de quienes trabajan en medios, mediante la utilizacin de redes de informacin.
  6. Promover la investigacin y anlisis de estudios sobre comunicacin, derechos humanos y la imagen de hombre y mujeres en los medios de comunicacin, y concluir el proceso mediante la publicacin de un producto comunicacional.

    Este impulso en la formacin acadmica tendr como consecuencia inmediata que los comunicadores sociales en el ejercicio profesional garanticen la vigencia de valores y derechos, debido a la influencia y el aporte de los medios en la estructura del sistema social.
  7. Capacitar a los comunicadores y periodistas en los alcances y contenidos especficos de los derechos humanos, dada su dimensin legal y terminologa particular a fin de ser manejados adecuadamente.
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Evaluacin, seguimiento y ajuste del plan Operativo

Para la evaluacin, seguimiento y ajuste de este Plan Operativo, se deber organizar una Comisin permanente de los Derechos humanos y comunicacin, la cual estar integrada paritaria y descentralizadamente, por representantes del Estado y la sociedad civil involucrada en este plan.

La Comisin de los Derechos humanos y comunicacin deber coordinar sus acciones con los restantes integrantes del Plan Operativo de Derechos Humanos; elaborar los cronogramas de actividades respectivos, as como los indicadores de financiamiento y gastos, y los indicadores de resultados, entre otros.

Adems, para el primer trimestre del ao 2002, esta Comisin deber preparar un documento que resuma las acciones en marcha y/o concluidas del Plan Operativo de los Derechos humanos y comunicacin.

Este documento deber formar parte del Plan Nacional de Derechos Humanos. Resultados 2003, que los actores involucrados, tanto del Estado y la sociedad civil, debern dar a conocer al pas.

Notas

1 Artculo 23, numeral 9, inciso primero, de la nueva Constitucin.
2
Artculo 11, de la nueva Constitucin.
3
Artculo 13, de la nueva Constitucin.
4
Artculo 23, numeral 10 de la nueva Constitucin.
5
Briones, Marena, Alcances y limitaciones de la reforma poltica en el Ecuador, ILDIS, Quito, 1998.
6
Rey, Germn, Ponencia presentada en el Foro "Constitucin, comunicacin y libertad de expresin", organizado por la ILDIA y el Proyecto Latinoamericano de Medios de Comunicacin de la Fundacin Friedrich Ebert, en Quito, el 13 de marzo de 1998.
7
Decreto ejecutivo 1527, 24 de junio de 1998.
8
Dr. Federico Mayor, Director de la UNESCO, Mensaje enviado al Seminario Democratizar el Espectro Radiolectrico, Caracas, 1995.
9
Directorio de la Asociacin de Prensa Extranjera, APE, abril 1999.
10
Beltrn, Luis Ramiro, Las polticas nacionales de comunicacin en Amrica Latina, en Encalada Marco "Curso de Diseo de Proyectos de Comunicacin", UNESCO, 1986.
11
Informe del IPAL para el CELA en "Comunicacin, Tecnologa y Desarrollo" papeles del CELA N-7, Ediciones de la Flor, Buenos Aires, 1987.
12
McBRIDE, Sean y otros. Un solo Mundo: voces mltiples. Mxico, D.F. Fondo de Cultura Econmica y UNESCO, 1980.


Asociacin Americana de Juristas, AAJ - Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales, ILDIS - Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura, UNESCO. Tercera edicin enero 2000. ISBN 9978-94-014-2 Plan Operativo de Derechos Humanos. Derechos de autor: 013063


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