PROGRAMA
ESTADUAL DE DERECHOS HUMANOS DE RIO
GRANDE DO NORTE
PEDH-RN
Documento final
producido a partir de la II Conferencia
Estadual de Derechos Humanos realizada
los das 17 y 18 de diciembre
de 1998 en Natal, RN
1b346t 2.
De los Derechos Econmicos, Sociales,
Culrutrales y Ambientales
2.8.-
Salud
DE INMEDIATO
204. Desarrollar campaas de
informacin y prevencin
sobre enfermedades sexuales transmisibles
y HIV/SIDA.
205.
Asegurar asistencia jurdica
gratuita a los portadores del HIV/SIDA,
en defensa de sus derechos reconocidos
por ley.
206.
Garatizar la distribucin por
el SUS de todos los medicamentos para
las infecciones oportunistas y tumores
malignos asociados al SIDA, dando efectivo
cumplimiento a la ley 9.313 de 13.11.96
y asegurando el tratamiento necesario
a los efectos colaterales derivados
de la terapia antiretroviral utilizada
en la infeccin por el HIV.
207.
Asegurar la mudanza gratuita de las
personas viviendo con HIV/SIDA, de los
municipios de origen para el hospital
referencia en el mbito estadual.
208.
Elaboracin de un prontuario
especfico para vctimas
de violencia domstica y sexual,
en la red hospitalaria pblica
y privada.
209.
Garantizar el adecuado tratamiento de
los desperdicios domsticos y
hospitalario.
A
CORTO PLAZO
210. Asegurar exmenes clnicos
peridicos y acompaamiento
mdico integral, en los hospitales
de referencia y puestos de salud, a
los portadores de HIV/SIDA.
Extender a los militares los efectos
de la “portera”
interministerial nmero 869 del
11.08.92, que prohibe la realizacin
de pruebas para la deteccin
del HIV en exmenes peridicos
de salud.
211.
Asegurar la realizacin de exmenes
complementarios para la elucidacin
del diagnstico de las infecciones
oportunistas.
212.
Asegurar la distribucin gratuita
por el SUS del preservativo femenino.
213.
Crear programas de educacin
y salud para las mujeres que trabajan
en prostitucin, destinados a
prevenir el riesgo de enfermendades
sexualmente transmisibles, inclusive
el SIDA.
214.
Asegurar servicios pblicos de
salud de calidad.
215.
Implantar centros de salud para la presetacin
de atencin integral a nios,
trabajo en conjunto entre insttuciones
pblicas y prinvadas.
216.
Integrar las acciones de salud mental
a otras polticas sociales como
educacin, cultura, deporte,
ocio, seguridad social y vivienda.
217.
Asegurar que la atencin a cualquier
paciente, en la red pblica o
privada, independientemente de su patologa,
sea efectuada de acuerdo con las recomendaciones
de la organizacin mundial de
salud y por el ministerio de salud.
218.
Apoyar la iniciativa de ley federal
para restringir la propaganda de bebidas
alcohlicas y del cigarrillo,
y fiscalizar la prohibicin de
su comercializacin para nios
y adolescentes.
219.
Preparar los agentes de salud para identificar
y orientar vctimas de violencia
domstica.
220.
Recomendar a las secretaras
estaduales de salud y al Consejo Regional
de Medicina el fortalecimiento de la
actuacin de las comisiones de
tica y la fiscalizacin
de las ctividades de los profesionales
de la salud.
221.
Formular polticas y desarrollar
campaas pblicas para
incentivar la donacin de sangre.
222.
Desarrollar programas, asistencia y
tratamiento para los portadores de anemia
falciforme.
223.
Aportar programas que contribuyan para
la mejora de la atencin
a personas portadoras de patologas
crnicas.
224.
Apoyar programas de prevencin,
asistencia y tratamiento a personas
dependientes de drogas.
225.
Apoyar la implementacin de un
registro tcnico de receptores
de rganos, a cargo de la Secretara
de Salud del Estado, que busque asegurar
el principio de igualdad en las acciones
de salud y orden cronolgico
de atencin de pacientes que
necesiten de transplante.
226.
Desarrollar programas de incentivo al
amamantamiento materno desde el pre-natal.
227.
Promover a mtodos anticonceptivos
avalados por el Ministerio de Salud,
as como a exmenes clnicos
y laboratorios e informaciones sobre
los mtodos, buscando la reduccin
de las tasas de esterilizacin.
228.
Reglamentar e implementar las acciones
destinadas a la realizacin del
aborto, en los casos por la legislacin
penal, en los hospitales de las redes
privadas, pblicas y las que
trabajan con el USU, espeiclamente en
los hospitales-escuelas.
229.
Permitir el acompaamiento de
la familia y crear espacios de recreacin
para nios internado en hospitales.
230.
Estimular la organizacin de
los ciudadanos en asociaciones comunitarias
para la discusin de soluciones
para los problemas en el rea
de salud y propuestas para los consejos
de salud.
A
MEDIANO PLAZO
231. Implementar programas de atencin
especial al embarazo y al parto adolescente,
que garantice el acompaamiento
mdico y psicolgico durante
todo el proceso de embarazo hasta el
fin del amamantemiento.
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