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Comentrio ao artigo 18 3a241

Alejandro Chanona Burguete

En 1998 la Declaracin Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolucin 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, cumple cincuenta aos de vigencia. Desde entonces, la mayora de los pueblos y naciones del mundo han realizado esfuerzos progresivos para espandir el reconocimiento y respeto universal de los derechos y liberdades del ser humano, a travs de la creacin, promocin y aplicacin de medidas de carcter nacional, regional y global.

Desde 1948 a la fecha el mundo ha esperimentado enormes cambios en todos los sentidos. La evolucin de los derechos humanos se ha dado a la par que la del avance y desarrollo cientfico-tecnolgico, sin estar exenta de obstculos originados por el respeto universal y efectivo a los derechos y liberdades fundamentales del hombre, sin distincin de raza, sexo, idioma ni religin. Al respecto, el Artculo 18 de la Declaracin Universal de Derechos Humanos seala: Toda persona tiene derechos a la liberdad de pensamiento, de conciencia y de religin; este derecho incluye la liberdad de cambiar de religin o de creencia. As como la liberdade de manifestar su religin o su creencia, individual y colectivamente, tanto en pblico como en privado, por la enseanza, la prctica, el culto y la observancia.

Dicho artculo ha servido como base para la elaboracin de importantes documentos internacionales sobre la materia, como la Declaracin sobre la eliminacin de todas las formas e tolerancias y discriminacin fundadas en religin o las convicciones, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981 (Resolucin 36/55) y la Declaracin sobre los Derechos de las personas pertenecientes a minoras nacionales o tnicas, religiosas y lingsticas, aprobada por la Asamblea General en su Resolucin 47/135 de 18 de diciembre de 1990. Ambas Declaraciones buscan la creacin de un mundo en donde la dignidad humana sea preservada y mantenida a pesar de la persistencia de graves y mltiples violaciones a tales derechos que se comenten da a da en la mayors de los pases, sea por sentimientos nacionalistas, fundamentalistas xenofbicos o tolerantes en diversos puntos del orbe, que no solo ponen en tela de juicio la aplicacin efectiva de los derechos humanos de millones de seres humanos, sino que reresentan un retroceso del esfuerzo realizado por la comunidad internacional por garantizar la realizacin y universalidad de los derechos humansos para todas las personas.

La estructura internacional baseada en la soberana y en su corolario de no-injerencia en asuntos internos de los Estados, no facilita un control efectivo de la aplicacin de las obligaciones contradas en los diversos y mltiples instrumentos internacionales sobre proteccin de los derechos humansos. Outra cuestin que dificulta tam proteccin es que para su difusin se necesita tener la posibilidad de acceder a los diferentes medios de informacin para dar a conocer las violaciones publicamente y contar con los medios necesarios para hacer valer tales derechos, los que en ltimo instancia tiene el Estado como ente soberano.

Los principios de no discriminacin y de igualdad ante la ley y el derecho a la liberdade de pensamiento, de conciencia, de religin o de convicciones proclamados en la Declaracin Universal de Derechos Humanos y en los Pactos internacionales de derechos humanos, no han escapado al poder arbitrario del hombre mismo en su lucha por el poder, cuyo desprecio y violacin han causado directa o indirectamente conflictos y grandes sufrimientos a la odio entre los pueblos y las naciones. Ello, provoca que la liberdad de religin o de convicciones que debe ser ntegramente respetada y garantizada, sea presa de la incomprensin, la intolerancia y la exclusin del hombre por el hombre lismo en su afn de lograr intereses personales.

La persistencia de la injusticia social, de ideologas, de prcticas neocoloniales, de discriminacin racial, etc. se alza como uno de los obstculos ms difciles a la liberdad de religin y de convicciones en diferentes partes del mundo, incluyendo tanto pases industrializados como en desarrollado, ya que ante la globalizacin de los medios de comunicacin la intolerancia por motivos de religiosos, polticos, sociales o culturales, dispone de un recurso idneo para incitar a la exclusin y al odio. Ello, significa la marginalizacin de millones de seres humanos pertenecientes a minoras nacionales o tnicas, religiosas e lingsticas, quienes ante la imposibilidad de poder disfrutar plenamente de su propia cultura, a profesar y practicar su propia religin, y a utilizar su propio idioma, en privado y en pblico, libremente y sin injerencia ni discriminacin de ningn tipo, se ven impulsados a luchar por sus derechos, provocando conflictos nacionales y/o internacionales.

El mundo de la Posguerra Fra no ha tenido la posibilidad de sumar todos los talentos ni todas las fuerzas que unidas estn dispuestas a abolir cualquier prctica o accin que se oponga a que los ciudadanos del mundo gosen del derecho consagrado en artculo 18. Nuestra comunidad internacional ha sido testigo de innumerables casos de masacre en el nombre de la intolerancia religiosa, racial o poltica. Eta crisis tica solo podr ser combatida si todos conocemos nuestros derechos fundamentales y respetamos el derecho de los dems a una forma de vida propia.

Cuando habamos pensado que el orden internacional de la Posguerra Fra sera el escenario de un periodo de paz y armona entre los diversos actores nacionales e internacionales y que se abra un nuevo horizonte para elevar el bienestar de la hmanidad en el marco de un mundo ms globalizado e interdependiente, se da un fuerte resurgimiento de conflictos tribales,9 locales, nacionales e internacionales con una gran carga de intolerancia, xenofobia y exclusin hacia lo diferente, anteponiendo fundamentalismos tnicos, religiosos, econmicos, polticos, etc. Este afn por reafirmar la identidad propia frente a una presunta globalidad cultural pone en tela de juicio la aplicacin y el respeto de los derechos humanos consagrados en el artculo 18, de expresar libremente los pensamientos y convicciones de cualquier ndole, de manera indiviual o colectivamente, en pblico o en privado, sin lesionar los derechos humanos de terceros.

A cincuenta aos de la proclamacin de la Declaracin Universal de Derechos Humanos, se puede ver un avance sin precedentes de la promocin de los derechos humanos a travs de mltiples intromentos multilaterales, surgidos de la preocupacin coletiva de individuos y gobiernos por garantizar ampliamente los derechos humanos en todo el mundo. Sin embargo, an queda mucho por hacer en cuanto a la aplicacin y perfeccionamiento de tales derechos. El respeto de los derechos humansos es y ser en el prximo siglo uno de los mauores retos de la humanidad. Las nuevas generaciones tienen ante s una fuente de inspiracin para hacer propuestas novedosas e imaginativas para garantizar ms ampliamente la aplicacin de los derechos humanos em el mundo.

Secretrio-geral da Facultade de Cincias Polticas e Sociais da Universidade Autnoma do Mxico.

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